Entidades obligadas a contar con Revisor Fiscal en el 2024

En Colombia, el revisor fiscal tiene una función muy importante. Este profesional es responsable de supervisar y garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones legales y financieras. Se encarga de revisar y auditar los estados financieros de la empresa, evaluar los controles internos, y asegurar que la empresa opera de manera ética y legal. Es un papel crucial para mantener la transparencia y la confianza en el sector empresarial colombiano.

Para identificar si determinada entidad tiene como obligación contar con un revisor fiscal, es necesario verificar si cumple con los topes establecidos para ingresos y activos brutos del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, y las disposiciones del artículo 203 del Código de Comercio.

De acuerdo al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, se encuentran obligadas a tener revisor fiscal para el período 2024, todas las sociedades comerciales que cumplan las siguientes condiciones:

  • Posser activos brutos al 31 de diciembre de 2023 iguales o superiores a 5.000 smmlv o 580.000 UVB ($5.800.000.000).

  • Contar con ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023, iguales o superiores a 3.000 smmlv o 348.000 UVB ($3.480.000.000).

En suma, las siguientes sociedades deben tener revisor fiscal, según el artículo 203 del Código de Comercio:

  • Sociedades por acciones.

  • Sucursales de compañías extranjeras.

  • Sociedades en las que la administración no corresponda a los socios, cuando así lo disponga al menos el 20 % del capital de la sociedad, excluida la administración.

Cabe aclarar que, hasta que el gobierno nacional expida el decreto que establezca la aplicabilidad del valor de la unidad de valor básico (UVB), se continuará utilizando la unidad de medida basada en el salario mínimo mensual legal vigente.

¿Cómo se selecciona un revisor fiscal?

De acuerdo al artículo 204 del Código de Comercio, la elección del revisor fiscal se hará por votación de la mayoría absoluta del máximo órgano social, teniendo en cuenta lo siguiente:

En las comanditarias por acciones, el revisor fiscal será elegido por la mayoría de votos de los comanditarios.

En las sucursales de sociedades extranjeras lo designará el órgano competente de acuerdo con los estatutos.

¿Cuándo empieza el revisor fiscal a ejercer sus funciones en la organización?

Desde que se realiza el registro ante la Cámara de Comercio, el revisor fiscal debe empezar a ejercer sus funciones en la entidad.

Sin embargo, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) considera que omitir el registro ante la Cámara de Comercio no afecta el nombramiento del fiscal, pues debe cumplir sus funciones una vez se le hayan delegado. El CTCP considera que el registro mercantil es un acto declarativo, mas no constitutivo.

*Información tomada de Siempre al Día.

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

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