Diferencia entre bienes gravados, exentos y excluidos de IVA

En el mundo de la contabilidad y los impuestos, entender la distinción entre los bienes gravados, exentos y excluidos de IVA es indispensable.

¿Qué son bienes gravados?

Los bienes gravados son aquellos que se encuentran sujetos a la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia, por lo cual en cada etapa de producción y comercialización se aplica un porcentaje del impuesto. La tarifa general del IVA en Colombia es del 19%, aunque también existen tarifas diferenciadas para ciertos bienes y servicios, que podemos ver detalladas en el artículo 468-1 del Estatuto Tributario —ET—.

La comprensión de los bienes gravados puede influir en las decisiones de precios y en la estrategia comercial de una empresa. De igual manera, es necesario comprender cuáles de sus bienes o servicios están gravados para calcular correctamente el IVA y evitar multas o sanciones por el incumplimiento de las obligaciones fiscales. Asimismo, esto influye en el crédito fiscal o saldos a favor que las empresas pueden solicitar en devolución o compensación.

Ejemplo de bienes gravados en Colombia son productos como cereales preparados, pasta alimenticia, derivados lácteos, dulces, gaseosas, electrodomésticos, prendas de vestir, muebles, entre otros. Cabe resaltar que estos bienes representan una importante parte de la recaudación fiscal en Colombia, por lo que tienen un papel fundamental en la economía del país.

¿Qué son bienes exentos?

Los bienes exentos son aquellos que, aunque hacen parte de la base gravable, no están sujetos a la tarifa general del IVA y en cambio, tienen una tarifa del 0%. Esto significa que, aunque no contribuyen al impuesto a pagar, sí permiten el derecho a descuento del impuesto pagado en la adquisición de bienes y servicios necesarios para realizar la actividad gravada.

Lo importante de este mecanismo es que permite a los productores solicitar un saldo a favor en su declaración de impuestos, que puede ser reclamado como devolución ante la DIAN.

Se consideran como bienes exentos ciertos productos de la canasta familiar, libros, revistas y periódicos, servicios de salud, servicios educativos, entre otros.

¿Qué son los bienes exlcluidos?

Los bienes excluidos son aquellos que, por disposición legal, no hacen parte de la base gravable del IVA. Esto significa que no están sujetos al impuesto y, por lo tanto, no generan derecho a crédito fiscal ni a solicitar saldos a favor en la declaración de impuestos.

El costo de los bienes excluidos debe ser absorbido como parte del gasto o del costo del producto. Esto puede influir en la estructura de costos de estos bienes y, por ende, en su precio final en el mercado.

Algunos ejemplos de bienes excluidos son las ventas de bienes raíces, ciertos alimentos para el consumo humano, servicios médicos y educativos, entre otros.

Esperamos que este breve resumen haya sido de ayuda para ti.

*Información tomada de Siempre Al Día.

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

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